Violencia de género
La violencia de género fue definida en la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, que constituye el primer documento internacional de derechos humanos que aborda de forma explícita la violencia de género. Aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en 1993.
Artículo 1. A los efectos de la presente Declaración, por “violencia contra la mujer” se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada. Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de diciembre de 1993.
Violencia que se dirige a las mujeres por el mero hecho de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión. No es un problema que afecte al ámbito privado. Se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad.
“La violencia contra las mujeres no es exclusiva de ningún sistema político o económico; se da en todas las sociedades del mundo y sin distinción de posición económica, raza o cultura. Las estructuras de poder de la sociedad que la perpetúan se caracterizan por su profundo arraigo y su intransigencia. En todo el mundo, la violencia o las amenazas de violencia impiden a las mujeres ejercitar sus derechos humanos y disfrutar de ellos”. Informe “Está en nuestras manos. No más violencia contra las mujeres”. Amnistia Internacional
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